A la atención de los solicitantes de visado
Informamos a nuestra estimada clientela que, a partir del 15 de marzo de 2026, los solicitantes
de visado de residencia no lucrativa, así como los solicitantes de visado de residencia por
trabajo por cuenta propia, deberán presentar sus solicitudes en el Centro de Solicitud de
Visados BLS International – Orán, previa cita obtenida a través de nuestro sitio web.
Las citas se abrirán a partir del 1 de marzo de 2026, todos los días laborables a las 20:00
horas.
Se invita a los solicitantes a verificar que su expediente esté completo antes de presentarse en
el centro y a asegurarse de disponer de una cita confirmada.
Para las solicitudes de visado de residencia no lucrativa, ciertos documentos deberán estar
previamente legalizados en el Consulado antes de la presentación del expediente en el centro, en
particular: el certificado médico, el certificado de antecedentes penales y los certificados del
estado civil.
Agradecemos su comprensión.
Seguro para visado
-
El certificado de seguro de viaje debe presentarse en el centro de solicitud de visados, ya que es un requisito obligatorio para los solicitantes que viajan a España. Puede obtener su seguro de viaje con cualquier compañía de seguros autorizada o
haga clic debajo del enlace Si desea aprovechar este servicio opcional ahora.
Asistencia europea
Descargo de responsabilidad:- Al hacer clic en este enlace, será redirigido al sitio web de terceros. Sus datos personales se gestionarán de
acuerdo con su política de privacidad. Tenga en cuenta que BLS no recopila ni procesa la información que proporcione
en su sitio web y no se responsabiliza de ninguna disputa.
- Estancia larga:
Para un visado nacional, puede contratar un seguro de salud internacional competitivo Haga clic aquí Si desea aprovechar este servicio opcional ahora.
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Información Importante – Visa Nacional / Reagrupamiento Familiar
Informamos a nuestra estimada clientela que, a partir de este momento, el centro de solicitud de
visados ya no se encarga de la recepción de solicitudes de visado nacional por reagrupación
familiar.
Los solicitantes que deseen presentar este tipo de solicitud deberán enviar un correo
electrónico a cog.oran.res@maec.es con el fin de solicitar una cita para la presentación de la
solicitud directamente en el Consulado.
No obstante, los solicitantes que ya dispongan de una cita confirmada en el centro podrán
presentar su solicitud en la fecha y hora previstas.
Agradecemos su comprensión.
Información importante relativa a las solicitudes de visado – Centro de Orán
Informamos a todos los solicitantes de visado adscritos al Centro de Orán que, para
toda solicitud presentada en las categorías Orán 2, Orán 3 y Orán 4, será obligatorio a partir
del 1 de febrero de 2026 presentar documentación relativa al pasaporte anterior en el caso de
que el último visado que justifica la elegibilidad para la categoría solicitada no figure en el
pasaporte en vigor.
En este caso específico, el solicitante deberá presentar una copia completa del
pasaporte anterior, incluyendo la copia del último visado Schengen emitido por España que se
pretende renovar.
La ausencia de estos documentos puede dar lugar a la denegación de la solicitud de
visado por parte del Consulado.
Se invita a los solicitantes a verificar atentamente la conformidad de su expediente
antes de presentarse en el centro.
Agradecemos su comprensión.
Centro de entrega – Orán
Informamos a nuestros estimados clientes que, a partir del 1 de enero de 2026, el último visado
Schengen que se tendrá en cuenta para concertar una cita para las categorías Oran 2, Oran 3 y
Oran 4 (renovación de visado) deberá haber sido expedido por España desde del 1 de enero de
2021.
Las personas que hayan obtenido un visado Schengen expedido por otro país Schengen deberán
concertar una cita en la categoría Oran 1.
Las categorías de citas Schengen vigentes a partir del 1 de enero de 2026 son:
- ORAN 1: Nunca ha tenido un visado Schengen expedido por España, o visado expedido antes del
1 de enero de 2021
- ORAN 2: Visado Schengen expedido por España desde del 1 de enero de 2021, con una validez
inferior a 6 meses.
- ORAN 3: Visado Schengen expedido por España desde del 1 de enero de 2021, con una validez de
entre 6 meses y menos de 2 años.
- ORAN 4: Visado Schengen expedido por España desde del 01/01/2021, válido durante 2 años o
más.
1. Presentación sin cita previa – Categorías autorizadas desde el 1 de agosto de
2025
Las siguientes personas podrán presentar su solicitud sin cita previa:
- Titulares de un visado Schengen expedido por España después del 1 de enero de 2022, con una
validez de 2 años o más.
- Padres y suegros (solo padre/madre) de ciudadanos españoles residentes en España, a partir
del 22 de junio de 2025, presentando los siguientes documentos:
- Pasaporte o DNI del ciudadano español (hijo),
- Acta de nacimiento o ficha familiar que acredite el vínculo (legalizado +
traducido),
- Acta de matrimonio o prueba de vínculo para los suegros,
- Carta de invitación emitida por la policía española (con fecha inferior a 3 meses),
- Pasaporte del solicitante.
- Personal universitario argelino (profesores, investigadores, doctorandos, etc.) invitado
para una estancia profesional de corta duración:
- Carta de invitación de una universidad española (con fecha inferior a 3 meses),
- Certificado de trabajo o de inscripción universitaria (menos de 3 meses),
- Certificado de prácticas o formación,
- Pasaporte.
Importante: Los familiares de estos solicitantes deben reservar cita a través
del sitio web de BLS.
2. Nuevos criterios para documentos de estado civil – Desde el 1 de agosto de
2025
Todos los documentos de estado civil (nacimiento, matrimonio, defunción, libro de
familia...) deberán estar:
- Legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Argelia,
- Traducidos al español si están redactados en otro idioma.
3. Visado nacional – Estudios y reagrupación familiar
Desde el 20 de julio de 2025, las solicitudes de visado nacional por estudios o
reagrupación familiar (régimen general) se presentarán exclusivamente en el centro de Orán.
- Citas disponibles todos los días a las 20h desde el 5 de julio de 2025.
- El tipo de cita debe coincidir exactamente con la naturaleza de la solicitud.
- No se hará ninguna excepción.
4. Categorización de citas Schengen – Entrada en vigor: 1 de noviembre de
2024
Las citas se asignarán según el último visado Schengen obtenido:
- ORÁN 1: Nunca tuvo visado Schengen, o expedido antes de 2020
- ORÁN 2: Visado expedido después del 01/01/2020, válido < 6 meses
- ORÁN 3: Visado expedido después del 01/01/2020, válido entre 6 meses y < 2 años
- ORÁN 4: Visado expedido después del 01/01/2020, válido 2 años o más
Es obligatoria una copia del último visado para ORÁN 2, 3 y 4.
Importante: Una categoría mal seleccionada implicará denegación de acceso
sin reembolso.
5. Reserva de cita familiar
- Es obligatoria una cita para cada niño menor de 12 años.
- Posibilidad de reservar hasta 8 miembros de una misma familia.
Excepción – Solo en el centro de Orán:
Los padres titulares de un visado español válido por más de 3 meses podrán presentar la solicitud
para sus hijos menores (menores de 18 años) sin cita previa.
6. Modificaciones en la reserva de citas a través de BLS – A partir del 6 de
abril de 2025
La reserva por correo electrónico con el consulado será eliminada para algunas
categorías.
Las solicitudes deberán hacerse exclusivamente en el sitio web de BLS, seleccionando
la categoría ORÁN 4, especialmente para:
- Miembros ampliados de ciudadanos españoles o de la UE (abuelos, hijos mayores, sobrinos,
etc.)
- Familiares de ciudadanos de terceros países residentes legales en España
Documentos requeridos:
- TIE o DNI de la persona que invita,
- Documento de estado civil legalizado por el MAE argelino y traducido,
- Carta de invitación de la policía española (con fecha inferior a 3 meses),
- Pasaporte del solicitante.
7. Publicación diaria de nuevas citas en línea
A partir del sábado 7 de septiembre de 2024, se abrirán nuevas citas todos los días
a las 20:00 en el sitio web de BLS para el centro de Orán.